Compradores de Acuerdo Marco de Precios

Lewis Castaño Colonia de Licitaciones.info
Compradores de Acuerdo Marco de Precios
Compradores de Acuerdo Marco de Precios

El comprador público es la persona, funcionario público o trabajador oficial que cumple un papel estratégico en el funcionamiento del estado, ya que actuando en nombre de la Entidad Estatal toma las decisiones del gasto público para poder poner a disposición de los ciudadanos los bienes, obras y servicios que adquirieron permitiendo a la Entidad Estatal cumplir con su misión de satisfacer las necesidades propias de funcionamiento y las de interés general de los ciudadanos.

 

Cuando hablamos de compradores dentro del Acuerdo Marcos de Precios tendremos que analizar varios aspectos: 

  

1. Los Acuerdo Marco de Precios, NO son una nueva modalidad de selección, esto en atención a que las modalidades de selección están establecidas en la Ley 80 de 1993 y en la Ley 1150 de 2007; el Acuerdo Marco de Precios es el resultado de un proceso de Licitación que realiza Colombia Compra Eficiente en el cual posterior a unos estudios previos donde identificaron los bienes de características técnicas uniformes con mayor demanda por parte de las Entidades Estatales, escogen un número plural de oferentes como adjudicatarios del contrato.

 

Posteriormente, Colombia Compra Eficiente pone el Acuerdo Marco de Precios a disposición de las Entidades Estatales a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano, las cuales por medio de una Orden de Compra pueden adquirir las obras, bienes y servicios que necesiten obteniendo así facilidad, rapidez y buenos precios. 

 

2. La Ley 1150 de 2007 establece que los Acuerdos Marco de Precios son obligatorios para las Entidades Estatales del orden Nacional pertenecientes a la Rama Ejecutiva para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes, por consiguiente cuanto estas requieren uno de estos bienes, lo deben adquirir a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano, sin embargo, cuando no existe un Acuerdo Marco de Precios del bien o servicio requerido, la entidad compradora deberá utilizar la modalidad de selección que corresponda de acuerdo con la naturaleza del bien o servicio y de la cuantía.

 

Se debe agregar, que las entidades no obligadas a cumplir con los Estatutos Generales de Contratación podrán hacer adquisiciones de bienes, obras y servicios cuando así lo requieran a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano. 

  

3. Dentro de los Acuerdos Marco de Precios se pueden adquirir los bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización los cuales comparten especificaciones técnicas, patrones de desempeño definidos y estandarizados, esto independiente del diseño o su descripción, en cuanto a los rangos de valores, condiciones de entrega, tiempos, garantías, especificaciones de los bienes y criterios de sostenibilidad están establecidos en cada acuerdo marco de compras dispuesto por Colombia Compra Eficiente.

 

Finalizando, para la adquisición de los bienes, la entidad compradora generará una Orden de compra en la Tienda Virtual del Estado Colombiano especificando los bienes, obras o servicios que requieren, y esta se entenderá como un contrato estatal, por lo tanto, se debe regir por los requisitos establecidos en la Ley.  


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