Pliegos tipo

Lewis Castaño Colonia de Licitaciones.info
Pliegos tipo
Pliegos tipo

La Ley 1882 de 2018 por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la contratación pública en Colombia y la ley de infraestructura, tuvo un largo tránsito en el Congreso de la república, la cual inició como norma promovida por el gobierno para contrarrestar los graves problemas de corrupción en que estaba inmersa la contratación pública en Colombia finalizando con su expedición y promulgación el 15 de enero del año 2018.


La iniciativa legislativa estuvo en cabeza del Ministerio de transporte motivo por el cual la unidad de materia que se desarrolla es claramente delimitada en los aspectos que tienen que ver con la contratación pública y con la ejecución de proyectos de infraestructura de transporte. 


Cada vez que se habla de reforma o de ajustes en materia de contratación pública es necesario implicar una importancia preponderante en la vida nacional, ya que la contratación pública representa un papel muy importante en la economía del país.


Por ello esta ley parte del principio de la eficiencia y la transparencia, razón por la cual en su contenido normativo se intenta generar y desarrollar estos principios adoptando buenas prácticas, promoción a la pluralidad de oferentes y también el fomento a la sana competencia.


Es así que en el artículo 4 de esta normativa se adiciona el parágrafo 7 referente a los pliegos tipo al artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 donde se ve uno de los aspectos más novedosos e importantes de esta ley, así pues, partiendo de la base que el origen, la causa o fundamento que da lugar a que se implemente la figura del pliego tipo en Colombia tiene que ver con la preocupación en los procesos de selección donde se evidenciaba en los estudios la ausencia de pluralidad de oferentes.


Así las cosas, la ley indicó que será el Gobierno nacional quien adopte los documentos tipo para procesos de selección de obras públicas, interventorías para las obras públicas, interventoría para consultoría de estudios y diseños de obras públicas, consultoría en ingeniería para obras, los cuales deberán ser utilizados por todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública en los procesos de selección que adelanten.


Es así como, el 04 de marzo del año 2019 el presidente Iván Duque firmó el Decreto que adopta los documentos tipo para licitación de obra pública de los que trata el articulo mencionado, los cuales fueron diseñados por Colombia Compra Eficiente en conjunto con entidades estatales y gremios.


Los pliegos tipo son condiciones estándar donde se fijan parámetros establecidos para los proponentes que contratan con el estado, en los cuales el Gobierno reglamenta las condiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia, estos de conformidad con las diferentes modalidades de selección.


Entre los beneficios que trae este decreto están la simplificación de los trámites en la contratación estatal permitiendo una contratación más simple y transparente donde las entidades tendrán condiciones uniformes en el momento de realizar sus procesos, reduciendo así los tiempos de presentación de ofertas, la estructuración de los proyectos y comprimiendo los riesgos que se presentan con las colusiones en los procesos de obra pública ya que se establecen varias fórmulas de evaluación económica incentivando la libre competencia, obteniendo mayor intervención de proponentes en las licitaciones y eliminando las malas prácticas contractuales.


Adicionalmente, se cambiará la forma en la que se venían adelantando los procesos licitatorios, cerrando la posibilidad de que la contratación se haga con pliegos ‘sastre’ o pliegos ‘a medida’, obligando a que las contrataciones no se realicen a dedo o se presten para procesos amañados, garantizando así la transparencia y el rendimiento de los recursos públicos acabando con las mafias de la contratación.


Colombia Compra Eficiente en su página de contratación estatal dio a conocer los documentos tipo dejando a disposición un formulario para recibir comentarios y observaciones habilitado hasta el 19 de marzo de 2019, a las 11:59 p.m., y una vez se realice la revisión de las observaciones se implementarán de manera definitiva el 1 de abril de 2019.

Con respecto a la implementación de los pliegos tipo han surgido varias opiniones positivas entre las cuales se destacan la realizada por Juan David Duque, director de Colombia Compra Eficiente en la cual indica que “Con los documentos tipo, la compra pública se hace más fácil, ágil y segura. Además, se fortalece con el establecimiento de parámetros claros que permiten una contratación más transparente, con criterios jurídicos, técnicos y de calidad definidos” de la misma forma, el Ministro de Transporte, Germán Cardona, dijo que de este modo vamos a “contribuir cada día más a la transparencia y acabar con la corrupción en la contratación pública en Colombia”.


Los Pliegos tipos por ahora solo serán para la infraestructura vial pero pronto serán aplicados en otros campos de la contratación de la nación, departamento y municipios como lo indica el inciso segundo del artículo 4 de la Ley 1882 de 2018. 



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